La condición de federado se obtiene mediante la obtención de la licencia por la Federación. La licencia otorga a su titular la condición de miembro de la Federación Balear de Golf y habilita para la participación en actividades o competiciones deportivas oficiales de ámbito local o estatal.

La licencia deportiva de jugador aficionado es obligatoria para practicar el golf en España, según las normas del Consejo Superior de Deportes y la legislación actualmente en vigor.

La licencia refleja tres conceptos económicos:

  1. Seguro obligatorio de responsabilidad civil, que cubre los accidentes que se puedan producir durante la práctica del golf en campos debidamente homologados.
  2. Cuota correspondiente a la Real Federación Española de Golf.
  3. Cuota correspondiente a la Federación Balear de Golf.

La validez de la licencia federativa se corresponde con el año natural, es decir de enero a diciembre de cada año. Por ello, cuando un federado causa alta, la validez de su licencia queda establecida desde esa fecha hasta el 31 de Diciembre del mismo año, siendo su precio único y no fraccionable. El importe anual de la licencia cubre la cuota desde enero a diciembre de cada año natural.

Las nuevas licencias cubren desde la fecha en que se produce el alta hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. Los precios para el 2024 y las categorías, en función de la edad, se detallan en el siguiente cuadro:

Categoría Edades Cuotas
Profesional   104,90€
Mayor con hándicap Mayor de 21 años 104,90€
Mayor sin hándicap Mayor de 21 años 92,50€
Junior 17 a 21 años 47,20€
Cadete 15 - 16 años 37,30€
Infantil 13 - 14 años 28,70€
Alevín 11 - 12 años 28,70€
Benjamín Menor 10 años 28,70€
*** Todos los importes incluyen la cuota territorial (18,80€ mayores y 10,50€ juveniles) la cual no ha sufrido variación

El jugador que quiera federarse necesitará cumplimentar el impreso requerido para dicho trámite y hacerlo llegar a la Federación Balear de Golf.



Una vez cumplimentado el impreso de solicitud, se hará llegar a la Federación Balear de Golf.

Todas las tramitaciones de licencias en el ámbito de la Comunidad de las Islas Baleares deberán tramitarse a través de la Federación Balear de Golf o Club Federado, mediante los siguientes medios:

  1. Directamente en el Club al que pertenezca como socio.
    Una vez cumplimentado el impreso de Solicitud de Licencia que se le facilita, el propio Club tramita la misma en representación del nuevo federado. La solicitud deberá tener cumplimentado el apartado del impreso "Firma y sello del Comité de Competición del Club"

  2. En la Federación Balear de Golf.
    1. Presencialmente: personarse en las oficinas de la Federación Balear de Golf y cumplimentar la solicitud de licencia federativa.
    2. Por correo postal a la dirección: Camí de Son Vida, 38-1ª – 07013 Palma de Mallorca.
    3. Enviar el impreso escaneado a fbgolf@fbgolf.com
  3. No se aceptarán solicitudes de licencia sin la firma del solicitante

    El alta en la RFEG no se producirá hasta que figure en la base de datos.

Es el número de puntos hándicap que recibe un jugador de acuerdo con la dificultad del recorrido según las barras de salida elegidas en el campo en el que se juegue.

Los hándicaps exactos EGA se dividen en las seis categorías de hándicap que figuran a continuación.

Categoría de Hándicap Hándicap Exacto EGA
Hándicap de competición 1 ≤4,4
2 4,5 – 11,4
3 11,5 – 18, 4
4 18,5 – 26,4
Hándicap Superior
5 26,5 – 36
6 (hándicap juveniles) 36,1,5 – 54
Nivel de juevo Edad Hándicap máximo
Benjamín hasta 10 54,0
Alevín 11 y 12 54,0
Infantil 13 y 14 54,0
Cadete 15 y 16 36,0 (Hcap exacto EGA máximo)
Junior hasta 21 36,0
Mayor mayor de 21 36 ,0
Senior Femenino desde 50 36,0
Masculino desde 50 36,0

La licencia federativa con hándicap solamente podrá ser tramitada por los Clubes o Federaciones Territoriales en los siguientes casos:

  1. Aquellas personas que habiendo tenido licencia con hándicap anteriormente hubieran causado baja por cualquier circunstancia y pretendan obtener la licencia de nuevo. En estos casos deberán confirmar el hándicap que tenían o menor, a la fecha de su baja como federado, ya que para concederles otro superior deberá ser el Comité de su Club o Territorial quienes lo justifiquen a través del Formulario de Apreciación .

  2. Jugadores de golf de otro país que justifiquen debidamente estar en posesión de hándicap, mediante certificado o copia de su tarjeta de hándicap del país de origen del jugador.

  3. Toda solicitud de licencia que llegue a las oficinas de la Federación Balear de Golf debidamente firmada y sellada por el Comité de Competición del Club o profesional con licencia en vigor (haciendo constar su número de licencia). Se deberá indicar el hándicap que se asigna al jugador en la casilla correspondiente.

Para poder obtener un primer handicap el federado tendrá que haber adquirido la preparación suficiente y habrá de superar las pruebas que tengan establecidas los Comités de Competición de cada Club o la Federación Balear de Golf. Para la tramitación de adjudicación de hándicap, además del Formulario de alta federativa, el Comité de Competición del Club o el profesional, le deberá facilitar el Formulario de Asignación de primer hándicap.

A este fin los federados deberán dirigirse bien a su Club o a la Federación Balear, donde le informarán de los pasos a seguir para conseguir la asignación del hándicap que le corresponda.

Una vez que le haya sido asignado el hándicap, el federado deberá abonar la diferencia de precio que existe entre la licencia sin hándicap que posee y la licencia con hándicap que solicita. Esta diferencia tan solo afecta a las licencias con categoría de MAYOR. El Comité remitirá el importe y comunicará el hándicap asignado a la Real Federación Española de Golf al objeto de que se produzca su efectividad.

El hándicap será efectivo cuando una vez abonada la diferencia (12,00 €), la Real Federación Española de Golf lo haya anotado en su base de datos.

APRECIACIÓN
Es un procedimiento, en el período entre revisiones de hándicap, para ajustar el hándicap EGA debido a un cambio significativo en el juego de un jugador y no como consecuencia de un resultado válido.

AUTORIDAD DE HANDICAPS
La “autoridad de hándicaps” para un jugador es el club por el que está federado. Para aquellos jugadores independientes la Federación Autonómica asumirá la responsabilidad de autoridad de hándicaps de acuerdo con las directrices de la RFEG.

Nota 1: Si el jugador es miembro de más de un club federado su autoridad de hándicaps será el club por el que esté federado, a menos que el jugador comunique a la RFEG que desea que sea otro club federado del que sea miembro.
Nota 2: La RFEG podrá asumir la responsabilidad de autoridad de hándicaps en determinadas circunstancias.

Formulario de Modificaciones de hándicap por apreciación

Si un federado desea cambiar de un club a otro de la Territorial Balear, deberá solicitarlo enviando el siguiente formulario  rellenado, firmado por el interesado y sellado por el club, al correo electrónico fbgolf@fbgolf.com.

Si un federado desea cambiar de otra Territorial a la Federación Balear, deberá solicitarlo enviando el siguiente formulario rellenado, firmado por el interesado y sellado por el club, a fbgolf@fbgolf.com, indicando que desea pertenecer a la Territorial Balear a través de un club determinado o como federado independiente. Asimismo deberá comunicar nueva dirección postal y/o domiciliación bancaria en caso de sufrir cambios.

Formulario solicitud cambio Club o Territorial

Cuando una licencia se encuentra en suspensión por baja federativa, el jugador podrá proceder a su reanudación, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido tras la baja de la misma.

Las personas que habiendo tenido licencia anteriormente hubieran causado baja por cualquier circunstancia, y pretendan obtener la licencia de nuevo, en estos casos podrán:

  1. Si la baja fue en años anteriores, solicitar la tramitación de una nueva licencia.
  2. Si la baja ha sido en el mismo año será recuperación de licencia (pendiente información método pago)