Los campos de golf e instalaciones directamente relacionadas,
ubicados en aquellas demarcaciones territoriales incluidas dentro de la Fase 1
de la desescalada establecida por el Ministerio de Sanidad, podrán proceder a
su reapertura el próximo 11 de mayo bajo las condiciones de obligado
cumplimiento que determina la Orden SND/399/2020 y las recomendaciones
establecidas en el Protocolo de Apertura del Deporte del Golf.
Orden SND/399/2020 de 9 de mayo
(condiciones reapertura instalaciones deportivas al aire libre, capítulo XII)
Protocolo de apertura del deporte del golf
Game of Golf Opening Protocol
EL GOLF, DEPORTE INDIVIDUAL FEDERADO
De acuerdo con la disposición final V de esta Orden, en lo que
respecta a la práctica del golf como deporte individual federado, se ruega se
cumplan las directrices de mínimos establecidas en el Protocolo de Apertura del
Deporte del Golf.
Se recuerda que los jugadores tienen que estar en posesión de la
licencia de la RFEG en vigor.
Recomendaciones:
.- Llevar un comprobante de la reserva de la salida al campo
.- Llevar comprobante de estar federado. Recordamos que la RFEG ha dejado de imprimir las tarjetas plastificadas pero a través de la App puedes demostrar estar dado de alta. http://www.apprfegolf.es/
Destacar por último que esta Orden permite el desplazamiento
dentro de las unidades territoriales incluidas dentro de la Fase 1, siendo
indispensable la cita previa para desarrollar la práctica deportiva de acuerdo
con el horario establecido por cada instalación.
DEMARCACIONES TERRITORIALES
Territorios que pasan a la Fase 1 (a
partir del 11 de mayo)