Obligatoriedad de tener licencia


Apreciados amigos del Golf:

Muchos jugadores de golf en Baleares ya sean nacionales o extranjeros que son socios o abonados a un Club Deportivo de Golf se hacen la siguiente pregunta:
Siendo socio, abonado de un Club de Golf en Baleares que esté federado por la R.F.E.G. ¿Es necesario estar federado (en posesión de la licencia federativa) para poder practicar, jugar en el club del que soy socio si no juego ninguna competición y sólo me dedico a practicar en mi club?
La respuesta la obtenemos acudiendo a los Estatutos de la Real Federación Española de Golf y la respuesta dada por el Consejo Superior de Deportes (CSD).
Artículo 11º 1. de los Estatutos de la R.F.E.G. dice: "Para que la R.F.E.G. conceda la licencia federativa a Clubes y demás asociaciones, estos deberán comprometerse a exigir la presentación de la licencia en vigor en España a toda persona, cualquiera que sea su nacionalidad, que quiera utilizar las instalaciones dependientes de aquellos tanto para la práctica deportiva como para impartir docencia."

El Consejo Superior de Deportes es un organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al Ministerio de Educación y Cultura. Son competencias entre otras, la aprobación de los Estatutos y Reglamentos de las Federaciones Deportivas.
La R.F.E.G. en su día y ante las dudas que planteaba dicha obligatoriedad (artículo 11º.1), formuló al Consejo Superior de Deportes (CSD) la cuestión sobre la obligatoriedad o no de tener que estar en posesión de licencia federativa para practicar el golf en los campos federados. El CSD entiende que tal exigencia no vulnera los principios constitucionales o la propia ley y por tanto la R.F.E.G. puede exigir el que los clubes integrados en la misma, cumplan una serie de requisitos, como es el establecimiento de la obligatoriedad de licencia federativa, tanto a españoles como extranjeros, y tanto para practicar como sólo para utilizar sus instalaciones.

Conclusión: Todos los clubes deportivos de golf de Baleares que tienen la licencia otorgada por la R.F.E.G. a través de la federación autonómica deben exigir a sus socios o abonados, que estén en posesión de la licencia federativa.

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